Hacienda vigila cuentas bancarias de autónomos y sociedades con incoherencias

Hacienda vigila cuentas bancarias de autónomos y sociedades con incoherencias

La Agencia Tributaria (AEAT) ha puesto nuevamente en su punto de mira a autónomos y sociedades obligados a tributar el IVA y el Impuesto de Sociedades. De esta forma, los profesionales por cuenta propia y las pymes podrían recibir una carta avisando de su intención de cruzar datos de tus cuentas bancarias, tanto de las que son titulares como de las que tienen autorización,  con las declaraciones del pasado ejercicio, 2016.

Aunque se trata de un procedimiento novedoso Hacienda advierte de que estas revisiones se realizarán solo cuando se detecten incoherencia en los importes declarados. La AEAT anuncia visitas para realizar comprobaciones y regularizar la situación.

Incoherencias tributarias

El motivo principal para recibir una de estas misivas es el descuadre en los ingresos declarados en la Renta y en las declaraciones de IVA de 2016.

La señal de alarma sobre infradeclaración de ingresos se da cuando no coinciden los resultados al comparar los modelos trimestrales de IVA e IRPF, 303 y 130, con sus correspondientes modelos anuales, 390 y 190.

Esta notificación no asegura infracción fiscal, tan solo se trata de un toque de atención. Pero hay que estar preparado para una visita, que exigirá documentos justificativos.

Actuaciones por parte de la AEAT

La Agencia Tributaria ha anunciado que, entre los contribuyentes que visitarán se encuentran comercios y negocios a pie de calle, a los que se podrá solicitar:

  • Datos del programa informático para cotejar con las declaraciones presentadas
  • Revisión de los gastos de explotación para comprobar que son necesarios para la actividad y no gastos “personales”, y por lo tanto deducibles.
  • También comprobarán los ingresos/abonos bancarios para cotejar con los ingresos declarados, etc.
Seguimiento de cuentas y movimientos bancarios

Hacienda y los bancos mantienen una relación bastante fluida. En la Declaración de la Renta, por ejemplo, el banco facilita el saldo en cuenta a final del ejercicio, más intereses y retenciones. Pero además, las entidades financieras están obligadas a informar de determinados movimientos, conforme a la Ley General Tributaria:

  • Transacciones con billetes de 500 euros con el objetivo de evitar el blanqueo de dinero
  • Operaciones que excedan los 10.000 euros
  • Pagos y cobros de más de 3.000 euros en efectivo.
  • Préstamos y créditos por más de 6.000 euros.

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