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Renta documentación necesaria
Para realizar la Declaración de la Renta es necesario que nos haga llegar la documentación que certifica sus ingresos, gastos y retenciones. Algunos de estos documentos solo serán necesarios para determinados casos.
COPIA DNI ANVERSO Y REVERSO que se vea bien la fecha de expedición y la de validez del DNI
Número de cuenta bancaria en la que desea efectuar el pago de la renta o cobrar la devolución.
Datos identificativos personales y familiares (descendientes y ascendientes que figuren en la declaración)
Identificación de la vivienda habitual. Incluir valor y referencia catastral
Hay que indicar si es de propiedad, alquiler u otras situaciones.
EN CASO DE VIVIENDA EN ALQUILER: Ref. Catastral, Fecha Contrato, NIF/CIF del arrendador, contrato de alquiler.
EN CASO DE VIVIENDA EN PROPIEDAD: REF Catastral. Fecha adquisición, Importe de la adquisición, % de participación. Copia escritura compra.
Declaración de Renta y Patrimonio año anterior. ( sólo en caso de que no la hiciéramos nosotros el año anterior)
Datos fiscales obtenidos de la Agencia Tributaria .
Certificado de retenciones sobre salarios
Lo facilita la empresa
Certificado de prestaciones y retenciones (pensiones y desempleo)
Lo facilita la entidad gestora de la Seguridad Social o el Servicio público de Empleo Estatal.
Certificado de cuentas bancarias. Lo envía el banco o la caja de ahorros.
Incluyendo el saldo a 31 de diciembre
El saldo medio del cuarto trimestre
Los intereses abonados en metálico o en especie
La retención o pago a cuenta
Recibo del Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)
Contiene la referencia catastral del piso o casa, el titular, el valor catastral de suelo y edificación y la cuota a pagar
Justificante de compra de vivienda habitual
Si el vendedor es un particular, es válido un recibo junto al contrato privado o escritura.
Certificado de préstamo para vivienda (habitual o alquiler)
Lo envía la entidad financiera. También hay que conservar la escritura o póliza de préstamo. Si es de un particular, precisa el contrato privado y sellado por la Oficina Liquidadora del Impuesto de Transmisión autonómica y resguardo bancarios (ingreso, pago, devoluciones anuales).
Recibos de alquiler cobrados: casas, locales, garajes. Y gastos asociados a los alquileres (IBI, comunidad, seguros, reformas, otros gastos….)
NIF o CIF del arrendatario
Las facturas de locales de negocios llevan IVA y retención. Adjuntar modelos de IVA, En caso de comunidades de bienes modelo 184
Certificado de retenciones sobre alquileres de locales.
Lo emite el inquilino empresario del local.
Escritura de venta o donación de inmuebles.
Fotocopia y el justificante de los gastos soportados: plusvalía y comisión de agente inmobiliario si los hubiere.
Certificado de valores cotizados: acciones, deuda pública o privada. Resguardos de las órdenes de compra y venta de valores. Certificado de valores no cotizados: acciones y participaciones sociales. Certificado de fondos de inversión: FIM, FIAMM, SIM, SICAV.
Certificado de seguros de vida, jubilación y enfermedad.
Lo envía la compañía de seguros.
Certificado de invalidez y de acreditación de la necesidad de obras de adecuación en la vivienda de minusválidos.
Lo facilita el organismo autonómico competente.
Certificado del plan de pensiones.
Libros contables de empresarios. Los empresarios que estén en estimación directa simplificada tiene que llevar tres libros fiscales: Venta e ingreso, Compras y gastos. Y Bienes de inversión.
Libros contables de profesionales. Los empresarios que estén en estimación directa simplificada tiene que llevar cuatro libros fiscales: Venta e ingreso, Compras y gastos, Bienes de inversión y Provisiones de fondos y suplidos.
Impresos de las declaraciones fiscales obligatorias (empresario y profesionales)
Se trata de los impuestos referentes al IVA, retenciones a trabajadores y profesionales, declaración anual de operaciones y pagos fraccionados, declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de obligados tributarios, modelo 130, 131, 303 de todos los trimestres y 390.
Certificado de retención de profesionales.
Lo emiten los clientes que son, a su vez, empresario o profesionales.
Recibo de donaciones a entidades benéficas que den derecho a deducción.
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