La ley protege ahora a los socios minoritarios

La nueva Ley de Sociedades de Capital protege a los socios minoritarios

Este año ha entrado en vigor una reforma de la Ley de Sociedades de Capital que protege a los socios minoritarios de una compañía. Según esta norma, el socio podrá separarse de la sociedad si no se reparten como dividendos al menos un tercio de los beneficios anuales.

Aunque la norma no obliga al reparto, sí que permite al socio minoritario separarse de la sociedad. Es decir, que si el socio vota a favor del acuerdo de distribución y la sociedad no lo hace, el socio puede separarse. Esto supone que el socio tiene derecho a abandonar la sociedad, recibiendo de esta el valor razonable o de mercado de sus acciones o participaciones.

Derecho de los socios a recibir dividendos o separarse de la sociedad

Este derecho de separación del socio o accionista viene regulado en el artículo 348 Bis de la Ley de Sociedades de Capital. Este artículo establece que a partir del quinto ejercicio, el socio que vote a favor de que se repartan los beneficios sociales tendrá derecho de separación.

Este derecho será posible siempre que la junta general no acuerde la distribución como dividendo de, como mínimo 1/3 de los beneficios de la explotación de la actividad propia del objeto social.

El socio dispondrá de un mes desde la fecha en que se celebró la junta general ordinaria para ejercer el derecho de separación.

El objetivo es evitar que el derecho del socio a las ganancias sociales se vulnerara si, año tras año, la junta general, a pesar de existir beneficios, acuerda no repartirlos.

¿Ha de constar en los estatutos el derecho de los socios a recibir dividendos?

Sí, y por eso es importante tenerlo en cuenta a la hora de redactar los estatutos sociales. Se trata de un derecho al que se podrá renunciar o no ejercer por el socio minoritario cuando se dé el supuesto de hecho previsto en la norma. Pero dado el carácter esencial del derecho al dividendo, nunca se puede renunciar anticipadamente en los estatutos de la sociedad.

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